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Las personas que trabajan en oficina abi
ART

La Resolución SRT 46/18 vigente a partir del 1/8/18.-

 

Establece que a partir de este momento, para contratos nuevos (Altas), y a partir de Septiembre 2018 en cambios e ART (Traspasos), habrá una nueva forma de contratación que será a través de AFIP mediante póliza digital.

No será necesaria la presentación de documentación impresa.

 

RESUMEN

Altas:

1-El Empleador deberá adherirse el sistema a través de la web de AFIP. 

2-Se podrá generar la Solicitud de Póliza Digital (SPD).

Cliente podrá aceptar o rechazar la SPD hasta las 23.59 hs. del día de inicio de vigencia o hasta el día inmediato posterior, si el primero fuese no laborable. Si el Cliente no acepta o rechaza la SPD en los plazos establecidos, quedará anulada por defecto. La confirmación de la SPD realizada por el Cliente tendrá idénticos efectos jurídicos que la firma manuscrita, y dará origen a la PÓLIZA DIGITAL DE RIESGOS DEL TRABAJO. La SRT generará la Póliza Digital, asignándole el número correspondiente. La póliza será publicada en Ventanilla Electrónica del Cliente.

 

Traspasos:

Se podrán solicitar cualquier día del mes

1-El Empleador deberá adherirse el sistema a través de la web de AFIP.

2-El Empleador deberá solicitar el Certificado de No Objeción a su ART

El CNO permite al empleador gestionar, en forma previa a iniciar su trámite de traspaso, el documento que acredita que su ART actual no tiene objeciones al traspaso pretendido. La aprobación de este certificado es de carácter obligatorio para gestionar la solicitud de póliza digital. El Cliente deberá seleccionar la/las ART habilitadas para utilizar el CNO para tramitar su traspaso. El Cliente podrá agregar Aseguradoras a las seleccionadas, siempre que el CNO se encuentre en estado pendiente o aceptado. Una vez seleccionada una ART, no podrá eliminarla.

El plazo que tienen las ART es de 5 días hábiles para aceptar o rechazarlo, si la ART no contesta, se considera a favor del Cliente y será aprobado de oficio por la SRT.

El único motivo de rechazo es si el Cliente posee saldo deudor.

El CNO tiene vigencia hasta el último día del mes de su emisión.

Si cumplido dicho plazo no se hubiera utilizado para tramitar un traspaso a otra ART, el empleador podrá tramitarlo nuevamente

3-a) Respuesta Afirmativa: se podrá generar la Solicitud de Póliza Digital

   B9 Respuesta Negativa: deberá esperar al mes siguiente para poder solicitar el CNO

4-El Empleador podrá aceptar o rechazar la SPD hasta las 23.59 hs. del día de inicio de vigencia o hasta el día inmediato posterior, si el primero fuese no laborable. Si el Cliente no acepta o rechaza la SPD en los plazos establecidos, quedará anulada por defecto. La confirmación de la SPD realizada por el Cliente tendrá idénticos efectos jurídicos que la firma manuscrita, y dará origen a la PÓLIZA DIGITAL DE RIESGOS DEL TRABAJO. La SRT generará la Póliza Digital, asignándole el número correspondiente. La póliza será publicada en Ventanilla Electrónica del Cliente.

 

El circuito de Póliza Digital no exime al Cliente de la presentación de la documentación complementaria. Una vez emitida la Póliza Digital deberá presentar:

-Relevamiento General de Riesgos Laborales (RGRL): La presentación del mismo, según Res 25/2018, podrá realizarse de manera electrónica con carácter de declaración jurada

-Nómina de Personal Expuesto a Agentes de Riesgo: Deberá completar una planilla por cada establecimiento, y presentarla en original, podrás cargarla via web en la página de su ART o esperar que migren las mismas desde AFIP.

-Establecimientos: si no se encuentran en Matriz Única, deberá presentar el alta de cada establecimiento a través del formulario vía mail

 

Información adicional: cada empleador podrá autorizar a su contador y/o asesor de seguros a tener acceso a la información de SRT.

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